top of page

TRABAJOS PARA EL MÓDULO INTRODUCTORIO

Cooperativismo

CLASES COOPERATIVAS

 

La clasificación de las cooperativas se determina por su objeto, y fundamentalmente se pueden dividir en:

A) Cooperativas de trabajadores:
Pueden tener carácter industrial, de prestación de servicios, de producción agrícola y/o agroindustrial, artesanal y artísticas. Incluye también a las cooperativas “sociales”.

Cooperativas de trabajadores/productores:

Están organizadas en función del trabajo como factor esencial. Se constituyen y funcionan para asegurar a sus socios/propietarios un empleo estable y permanente, y a través de él, una remuneración digna.

Todos los demás elementos indispensables presentes en la empresa cooperativa ─como factores de producción (capital incluido) ─ tienen un carácter accesorio al servicio del trabajo de los socios.

Esta clase de cooperativa tiene tres características fundamentales:

  • El trabajo como principal objeto de la asociación voluntaria de personas que las integran.

  • Los niveles jerárquicos derivados de la estructura organizativa ─necesaria para coordinar el trabajo asociado─ deben determinarse de forma que no vulneren el principio de control democrático.

  • La remuneración del trabajo debe ser proporcional al resultado económico obtenido.

B) Cooperativas de consumidores:

También conocidas popularmente como “de consumo” (de bienes y/o servicios). En esta categoría se sitúan las cooperativas de vivienda, ahorro y crédito, seguros, y garantía recíproca; es decir: aquellas que prestan a sus asociados servicios tales como transporte, salud, educación o servicios públicos (comunicaciones, electricidad, agua potable, limpieza, vialidad), las de productores (manuales, artesanales, agropecuarios) cuyos socios gestionan individualmente sus talleres o predios, y se asocian para darse en común servicios tales como provisión de insumos, facilidades de almacenamiento, procesamiento y packing, o parque de maquinaria comunes y de comercialización.

Cooperativas de usuarios/consumidores:
Su objeto principal es la adquisición de bienes o servicios para ponerlos a disposición de sus socios/propietarios en condiciones más favorables que las comunes del mercado en términos de precio, calidad, oportunidad o financiación.

Características primordiales:

  • El objeto fundamental es brindar bienes y servicios a sus asociados sin ánimo lucrativo.

  • Las transacciones con terceros no socios ─cuando son admitidas─ no tienen carácter cooperativo, sino de comercio.

  • La distribución de excedentes económicos ─cuando la hay─ se hace en proporción al uso de los servicios que cada socio haya hecho en el ejercicio de que se trate, y no en retribución al capital que cada uno haya integrado.

Cooperativas de Trabajadores/Productores

-Cooperativas de trabajo: tienen por objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo mediante su esfuerzo personal y directo, a través de una organización conjunta destinada a producir bienes o servicios en cualquier sector de la actividad económica. La relación de los socios con la cooperativa es societaria.

-Cooperativas Sociales: son aquellas cooperativas de trabajo que tienen por objeto proporcionar a sus socios un puesto de trabajo para el desarrollo de distintas actividades económicas, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, con el fin de lograr la inserción social y laboral de los jefes y jefas de hogares pertenecientes a sectores con necesidades básicas insatisfechas, jóvenes, discapacitados, minorías étnicas y todo grupo en situación de extrema vulnerabilidad social.

-Cooperativas de Artistas y Servicios Conexos: son aquellas cooperativas de trabajo constituidas por personas físicas calificadas como artistas intérpretes o ejecutantes, así como por aquellas que desarrollen actividades u oficios conexos a las mismas. Podrán integrar este tipo de cooperativas las personas físicas inscriptas en el Registro Nacional de Artistas y Actividades Conexas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Cooperativas de Usuarios/Consumidores

-Cooperativas de Consumo: Son cooperativas de consumo aquellas que tienen por objeto satisfacer las necesidades de consumo de bienes y servicios de sus socios, pudiendo realizar para ello todo tipo de actos y contratos.

-Cooperativas Agrarias: Son cooperativas agrarias las que tienen por objeto efectuar o facilitar todas o algunas de las operaciones concernientes a la producción, transformación, conservación, clasificación, elaboración, comercialización, importación o exportación de productos provenientes de la actividad agraria en sus diversas formas, realizada en común o individualmente por sus miembros.

-Cooperativas de Vivienda: Las cooperativas de vivienda son aquellas que tienen por objeto principal proveer de alojamiento adecuado y estable a sus socios, mediante la construcción de viviendas por esfuerzo propio, ayuda mutua, administración directa o contratos con terceros, y proporcionar servicios complementarios a la vivienda.

-Cooperativas de Ahorro y Crédito: Son cooperativas de ahorro y crédito aquellas que tienen por objeto promover el ahorro de sus socios y proporcionarles créditos y otros servicios financieros.

-Cooperativas de Seguros: (Objeto).- Son cooperativas de ahorro y crédito aquellas que tienen por objeto promover el ahorro de sus socios y proporcionarles créditos y otros servicios financieros.

-Cooperativas de Garantía Recíproca: (Definición y objeto).– Son cooperativas de garantía recíproca las que tienen por objeto la prestación de servicios de garantía o aval o fianza para respaldar operaciones de sus miembros, pudiendo brindar también servicios de asesoramiento.

*Transcripciones del sitio web de IMPO, Ley 18.407:

bottom of page